¿Cómo responde el seguro en caso de catástrofe?
DANAs, terremotos, gota fría, temporales… La naturaleza, cada vez con mayor frecuencia, hace aparición con sus fenómenos atmosféricos que provocan cuantiosas pérdidas y daños en los bienes tanto materiales como humanos. Ante estos eventos de la naturaleza, contar con un seguro aporta una certeza: podremos recuperarnos.
Si tienes un seguro de hogar con Seguros RGA, puedes estar tranquilo. Entre las coberturas de tu póliza se encuentra la protección por fenómenos atmosféricos (lluvia, viento, pedrisco o nieve), en aquellos casos extraordinarios que no cubre el Consorcio de Compensación del Seguro.
Esta cobertura entra en funcionamiento cuando el organismo competente más cercano a la ubicación de tu vivienda registre:
- precipitaciones por encima de 40 litros por metro cuadrado y hora
 - viento superior a 70 km/h
 - pedrisco y nieve, cualquiera sea su intensidad.
 
En estos casos es importante que documentes los daños, que aportes pruebas como fotos o vídeos que permitan a los peritos emitir su informe.
¿Qué me cubre el seguro de hogar en caso de daños por riesgos atmosféricos?
Tu contrato de seguro de hogar establece un límite máximo de indemnización del 100% de la suma asegurada para continente y/o contenido.
Esto significa que si sólo tienes cubierto continente (la casa en sí), el seguro te indemnizará (o reparará) los daños provocados en la estructura de la vivienda hasta el límite que hayas fijado en el contrato. Mientras que, si tienes asegurado continente y contenido, no sólo se encargará de los destrozos en los elementos de la edificación, también en bienes como muebles, enseres o electrodomésticos.
¿Qué tengo que hacer en caso estar afectado?
Si una DANA, borrasca o cualquier otro fenómeno atmosférico de relevancia provoca daños en tu vivienda, debes dar parte al seguro. En el caso de Seguros RGA el teléfono de Asistencia 24 horas es el 91 700 7000 / 900 33 66 00.
Cuando llames, debes indicar fecha y hora del evento meteorológico que provocó los daños, una breve descripción de los daños y proporcionar datos de contacto de la persona que puede atender al perito o a los técnicos designados para atender tu expediente.
Ten en cuenta que cuando algo así ocurre, hay muchos hogares como el tuyo afectados también.
Si decides reparar por tu cuenta, guarda las facturas. Deberás aportarlas a tu compañía de seguros para el abono de la indemnización que corresponda.
¿Cómo debo actuar en caso de resultar afectado?
- Debes informar a tu compañía en los 7 días naturales siguientes.
 - Toma fotografía de los daños visibles (en el interior y el exterior de la vivienda)
 - Guarda los objetos dañados, en la medida de lo posible, hasta que recibas la visita del perito
 - Reúne facturas, presupuestos y comprobantes relacionados con los bienes afectados
 - No inicie reparaciones hasta que el perito realice la inspección, salvo por razones de seguridad o para evitar un mal mayor.
 
En ocasiones los eventos atmosféricos son extraordinarios y los daños severos, como ocurrió en octubre de 2024 con la DANA. En estos casos se considera «catástrofe natural» y entra en acción el Consorcio de Compensación del Seguro.
Qué hacer ante catástrofes naturales: requisitos para ser indemnizado
¿Todos los damnificados pueden beneficiarse de las compensaciones económicas de este organismo? Sí, siempre que cumplan estas condiciones:
- Es necesario tener contratado previamente algún ramo del seguro (hogar, coche, vida o accidentes) que cubra estos riesgos extraordinarios.
 - Se debe de haber abonado el recibo de la póliza y estar al corriente de pago de la prima.
 - Deben haber transcurrido 7 días desde la emisión de la póliza (periodo de carencia).
 
¿Cómo solicitar la indemnización?
-Si sufres daños materiales:
- A través de Internet (en este enlace) -es necesario disponer de certificado o DNI electrónico en ese caso.
 - Por teléfono, llamando al 900 222 665 (de 09:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes).
 
-Si, lamentablemente, sufres daños personales (fallecimiento de algún familiar directo titular de una póliza, invalidez permanente, parcial, total o absoluta; o incapacidad temporal):
- A través de internet (en este enlace). Al igual que para los daños materiales, también es necesario contar con un certificado o DNI electrónico.
 - Por teléfono: llamando al 900 222 665 (de 09:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes)
 
¿Qué documentación necesitas?
Para presentar la solicitud debes aportar tus datos personales y los del asegurado si no son la misma persona (DNI, dirección, teléfono y número de cuenta donde quieres que depositen la ayuda), los datos de tu seguro (nº de póliza y compañía aseguradora) y los datos del vehículo en cuestión (marca, modelo y matrícula), según cada caso.
Tras comunicar la incidencia, te asignarán un número que te permitirá consultar tu caso.
Si has sufrido daños materiales, el Consorcio enviará, asimismo, un perito para valorar las pérdidas. Para facilitar su examen es conveniente que conserves los restos de los bienes dañados o fotografías de los mismos. Guarda, asimismo, las facturas si tienes que hacer alguna reparación de urgencia. No olvides preparar los presupuestos de las reparaciones, dos ejemplares (original y copia) de tu póliza y el recibo de haber abonado la prima, así como algún documento bancario en el que conste tu número de cuenta.
De haber sufrido daños personales, además de fotocopia de la póliza que da derecho a la indemnización (de vida, accidentes, multirriesgo, etc.) y del abono de la prima, en la solicitud por escrito se debe presentar documentación acreditativa de la causa del siniestro y de los daños personales ocasionados por el mismo.
Con esta documentación tu seguro podrá ayudarte a responder ante las posibles y, en ocasiones, cuantiosas pérdidas en caso de catástrofes naturales.
Preguntas frecuentes
La patronal de las aseguradoras UNESPA ha elaborado un listado de FAQ para responder a las dudas más frecuentes de los afectados por la DANA de 2024 sufrida en el Levante y Sureste peninsular. Preguntas como si son compatibles las ayudas públicas y las indemnizaciones del seguro, a cuánto ascienden las indemnizaciones o cómo saber si un familiar fallecido tenía un seguro de vida son algunos de los temas a los dan respuesta en este documento. Puedes acceder y descargar el listado de preguntas frecuentes de UNESPA en este enlace.
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