Radiografía de la nueva ley de autónomos
No tienen horario y pocas veces se dan un respiro. Suelen dormir poco y soñar mucho. Los 3,2 millones de autónomos de España se baten el cobre a diario para sacar sus negocios a flote. Estos grandes héroes anónimos generaron en 2016 más de 120 puestos de trabajo diarios, al margen de las cifras de autoempleo.
El trabajo creado por el sector ha aumentado en el último año por encima del ritmo al que crece el resto de empleo. Y todo pese a lo que cuesta hacerse autónomo en España, sobre todo si se compara con otros países.
Para tratar de mejorar las condiciones laborales de estos profesionales, el Congreso ha aprobado la reforma de la ley de trabajo autónomo, que busca fomentar el autoempleo con menos trabas burocráticas y más ayudas.
Desde Seguros RGA resumimos en esta sencilla guía las claves de la nueva ley de autónomos, que entrará en vigor a partir de enero de 2018, aunque algunas medidas ya han comenzado a aplicarse.
Fomento del emprendimiento
Ampliación de la cuota de 50 euros de seis a doce meses. Hasta ahora, cuando los nuevos autónomos se daban de alta podían acogerse al pago de 50 euros mensuales de cotización durante medio año. Esta tarifa plana se amplía a un año con la entrada en vigor de la nueva ley. (Entra en vigor el 1 de enero de 2018)
Reducción del tiempo de espera para volver a beneficiarse de la tarifa plana. La normativa conlleva otra importante novedad. Se reduce a dos años -antes eran cinco- el tiempo que deben esperar los emprendedores que hayan cesado su actividad para volver a beneficiarse de esta ayuda. (Entra en vigor el 1 de enero de 2018)
Menos trabas administrativas
Base de cotización más flexible. Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adaptarla a sus ingresos. Hasta ahora solo podían modificarla en dos ocasiones. (Entra en vigor el 1 de enero de 2018)
Cotización por días trabajados. Hasta ahora, aunque un autónomo se diera de alta a finales de mes, estaba obligado a cotizar por el mes completo. Con la nueva ley solo cotizará por los días trabajados. Además, la normativa les permite darse de alta y de baja en la Seguridad Social hasta en tres ocasiones en un año. (Entra en vigor el 1 de enero de 2018)
Nueva base de cotización. La base mínima de cotización dejará de estar asociada al salario mínimo interprofesional. En adelante, se actualizará anualmente en los Presupuestos Generales del Estado.
Menor recargo por retraso en el pago de las cuotas. Con la nueva ley, si no se paga a tiempo la cuota de autónomo se penalizará con un 10% de recargo el primer mes, en lugar del 20%, como hasta ahora. Posteriormente, sube al 20%. (Entra en vigor el 1 de enero de 2018)
Devolución del exceso de cotización por pluriactividad. Los profesionales que desempeñen actividades en distintos regímenes (general y autónomos) no tendrán que solicitar la devolución del exceso de cotización, como hasta ahora, sino que se les reembolsará de oficio automáticamente. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Mayor protección social
Tarifa plana para favorecer la incorporación al trabajo tras la maternidad. Las mujeres que hayan estado de baja por maternidad y retomen su actividad pagarán 50 euros mensuales durante un año. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Fomento de la maternidad/paternidad. Los autónomos que estén de baja por maternidad, paternidad, adopción, etc. podrán beneficiarse de una bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Accidentes ‘in itinere’. Si los profesionales autónomos sufren un siniestro mientras se dirigen de su casa al trabajo o viceversa será considerado como accidente ‘in itinere’, por lo que tendrán derecho a baja laboral. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Trabajo y pensión compatibles. Los empresarios podrán compatibilizar el desarrollo de su actividad por cuenta propia con el cobro del 100% de su pensión, siempre y cuando tengan al menos un trabajador a su cargo. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Bonificación para la conciliación de la vida laboral y familiar. Los profesionales que tengan a un menor o a una persona dependiente a su cargo estarán exentos de pagar la cuota de autónomos durante un año. Se incrementa, por otra parte, de 7 a 12 años la edad de los menores a cargo para poder beneficiarse de la bonificación por conciliación. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Mejoras para emprendedores con discapacidad. La nueva ley facilita la contratación de los hijos con discapacidad de los autónomos. Además mejora las condiciones de los emprendedores con discapacidad. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Formación. Los profesionales autónomos tendrán derecho a acceder a una formación acorde a sus necesidades, a fin de fomentar su competitividad y consolidar su actividad empresarial. Se mejorará, asimismo, la formación en prevención de riesgos laborales del sector.
Mejoras fiscales
Deducciones por gastos de manutención (dietas). Los trabajadores por cuenta propia podrán deducirse hasta 26 euros diarios cuando coman fuera de casa por cuestiones laborales, siempre y cuando los pagos puedan acreditarse de forma telemática (con tarjeta de crédito o débito) y se justifique un desplazamiento. La cantidad deducible se eleva a 48 euros si el desplazamiento se ha producido fuera del país. (En vigor desde el 26 de octubre)
Deducciones por trabajar desde casa. Los autónomos que trabajen desde casa podrán desgravarse hasta un 30% de los gastos en suministros como luz, agua y teléfono. (En vigor desde el 26 de octubre de 2017)
Representación institucional
Utilidad pública. Las organizaciones de autónomos más representativas e importantes pasarán a ser de utilidad pública.
Consejo del Trabajo Autónomo. Las organizaciones dispondrán de un año de plazo para entrar en el Consejo Económico Social (CES), así como para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
Aún en el tintero…
Aunque la nueva ley conlleva algunas mejoras, aún quedan retos pendientes en el tintero, entre ellos el paro de los autónomos, un tema preocupante para el sector, dado que una de cada dos peticiones para cobrar la prestación se deniega. Tampoco se ha incidido en la merma de ingresos que sufren los emprendedores cuando enferman. Para que las bajas por este motivo no pasen factura al bolsillo de los autónomos, existen seguros como RGAIT Profesional, que permite complementar el subsidio ante una incapacidad laboral transitoria. Un salvavidas para evitar poner en jaque el nivel de ingresos cuando la salud falla.
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